¿Has comprado, vendido, intercambiado o cobrado criptomonedas en 2025? Hacienda ha encontrado en los exchanges un aliado para empezar una busca y captura contra los ciudadanos que ha operado con criptomonedas. Y desde la entrada en vigor del Modelo 721 y la Directiva DAC8, desgraciadamente lo van a saber hasta sin tu colaboración.
En Cryptoimpuestos llevamos miles de declaraciones procesadas y, si algo hemos aprendido, es que declarar bien tus cripto es difícil y requiere orden. Esta guía es el mapa que te llevará a la tranquilidad de tener todo en orden correctamente.
Resumen rápido: ¿qué tengo que declarar?
| Situación | Obligación fiscal |
|---|---|
| He vendido cripto por euros con ganancia o pérdida | IRPF (Renta) |
| He hecho swaps entre criptomonedas (BTC → ETH) | IRPF (Renta) |
| He cobrado staking, lending o airdrops | IRPF (Renta) |
| Tengo más de 50.000 € en exchanges extranjeros a 31/12 | Modelo 721 |
| Solo he comprado y mantengo en mi wallet | Nada (de momento) |
| Tengo cripto SOLO en cold wallet (Ledger, Metamask, etc.) | Solo IRPF si vendo o cobro |
Si te ves en cualquiera de las cuatro primeras filas, sigue leyendo.
Las 3 declaraciones que pueden afectarte
A efectos prácticos, las criptomonedas en España generan tres tipos de obligaciones fiscales distintas. Conocerlas es el primer paso para no dejarte nada fuera.

1. IRPF (Declaración de la Renta)
Es la declaración anual donde tributan las ganancias y pérdidas generadas por tus operaciones cripto durante el año. Aplica a cualquier persona, sin importar el volumen.
2. Modelo 721
Una declaración informativa (no se paga) que obliga a quienes tienen más de 50.000 € en criptomonedas custodiadas en exchanges extranjeros a 31 de diciembre. Lee la guía completa del Modelo 721 →
3. Declaración complementaria
Si en años anteriores no declaraste tus cripto y ahora quieres regularizar, existe la declaración complementaria. Hacerlo voluntariamente reduce drásticamente las sanciones.
Hacienda puede revisar tus cuentas durante 4 años desde el fin del plazo voluntario de cada Renta.
Si tienes operaciones cripto sin declarar de 2021 en adelante, todavía estás a tiempo. Para 2020 y anteriores, la deuda fiscal ya está prescrita y Hacienda no puede reclamarte. Cómo presentar una complementaria →
¿Qué operaciones cripto tributan exactamente?
Este es el primer mito que conviene desmontar: no hace falta sacar el dinero al banco para tributar. Cada vez que se produce una “transmisión patrimonial” en cripto, hay un hecho imponible.

| Operación | ¿Tributa? | Cómo |
|---|---|---|
| Comprar cripto con euros | No | Solo se registra el coste de adquisición |
| Vender cripto por euros | Sí | Ganancia/pérdida patrimonial |
| Permutar entre criptos (BTC → ETH) | Sí | Cada swap es una transmisión |
| Pagar bienes o servicios con cripto | Sí | Equivale a una venta |
| Cobrar staking, lending o yield farming | Sí | Rendimiento del capital mobiliario |
| Recibir airdrops o forks | Sí | Ganancia patrimonial sin coste |
| Recibir un NFT como regalo | Depende | Caso a caso (donaciones) |
| Mantener cripto en cartera (HODL) | No | Pero puede afectar al modelo 721 |
Ojo con los swaps. Es el error más común que vemos: usuarios que han movido BTC a ETH, ETH a SOL y SOL a stablecoins durante meses sin sacar un euro al banco, convencidos de que no tributan. Cada uno de esos cambios es una operación que Hacienda quiere ver declarada.
Cómo tributan en la Renta: tipos impositivos 2025
Las ganancias y pérdidas por venta o permuta de criptomonedas tributan en la base del ahorro del IRPF, junto con dividendos, intereses y otras inversiones.
| Base del ahorro | Tipo impositivo |
|---|---|
| Hasta 6.000 € | 19 % |
| De 6.000 € a 50.000 € | 21 % |
| De 50.000 € a 200.000 € | 23 % |
| De 200.000 € a 300.000 € | 27 % |
| Más de 300.000 € | 30 % |
Los rendimientos del capital mobiliario (staking, lending, intereses cripto) tributan en la misma base del ahorro y con los mismos tramos, pero se calculan de forma distinta. Ver cómo tributa el staking →
Paso a paso: cómo declarar tus criptomonedas en la Renta

Así es exactamente cómo trabajamos con cada cliente que llega a Cryptoimpuestos: tú nos das acceso a tu operativa y nosotros nos ocupamos del trabajo técnico. Al final recibes un informe fiscal con trazabilidad operación a operación que te sirve tanto para presentar la Renta como de respaldo legal si Hacienda alguna vez te pregunta.
Paso 1: Onboarding y revisión de tu operativa
En la primera conversación nos cuentas qué exchanges has usado, qué wallets controlas, desde cuándo operas y si has hecho staking, DeFi, NFTs o has movido fondos entre plataformas. Con eso ya sabemos el alcance del informe.
A continuación firmas la autorización para descargar tu histórico (acceso read-only por API o exports manuales). En ningún momento tocamos tus fondos: solo leemos las operaciones.
Paso 2: Reconstrucción del histórico completo
Descargas tu operativa de cada exchange y cada wallet y la unificamos en una sola línea de tiempo.
- Cruzamos las transferencias entre plataformas para que no se imputen como ventas
- Identificamos swaps, staking, lending, airdrops y forks y los clasificamos correctamente
- Recuperamos operaciones de exchanges quebrados o desaparecidos (FTX, Celsius, Mt. Gox…)
- Validamos saldos a 31 de diciembre uno por uno
Paso 3: Cálculo FIFO global y aplicación fiscal
Aplicamos el método FIFO (First In, First Out) sobre toda tu operativa, no por exchange, sino global — que es como exige Hacienda. Es la parte donde la mayoría de calculadoras automáticas fallan.
Sobre ese FIFO calculamos ganancias y pérdidas, optimizamos compensaciones, identificamos pérdidas arrastrables a años siguientes y separamos lo que tributa como ganancia patrimonial de lo que tributa como rendimiento del capital mobiliario. Más sobre el método FIFO →
Paso 4: Informe fiscal con trazabilidad (tu respaldo legal)
Esta es la parte clave. Recibes un informe fiscal completo que detalla:
- Cada operación con fecha, importe, cotización y cálculo aplicado
- El precio de adquisición FIFO de cada venta/swap
- Resúmenes anuales por tipo de operación (ganancias, pérdidas, staking, airdrops)
- Saldos a 31/12 valorados al tipo de cambio oficial
Este informe es tu prueba documental ante una posible revisión: si Hacienda te requiere en el futuro, tienes el cálculo justificado operación por operación. No te quedas con un número, te quedas con el porqué.
Paso 5: Presentación de Renta y, si te toca, Modelo 721
Con el informe en la mano hay dos opciones:
- Tú lo presentas o con tu gestor de confianza
- Lo presentamos por ti
El informe se queda en tu poder durante el plazo de prescripción (4 años) como respaldo.
Modelo 721: el otro modelo que casi nadie conoce
Si tienes más de 50.000 € en exchanges extranjeros a 31 de diciembre, además del IRPF debes presentar el Modelo 721 entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año siguiente.
Exchanges como Coinbase, Kraken, KuCoin, Bybit, OKX o Crypto.com son extranjeros y obligan al 721. Otros como Bit2Me o Binance Spain sí informan a Hacienda y no requieren este modelo.
Guía completa del Modelo 721 →
Casos especiales que generan dudas
Staking, lending y yield farming
Tributan como rendimiento del capital mobiliario en el momento en que recibes la recompensa, no cuando la vendas. El precio se calcula al valor de mercado en el día de la recepción. Guía de staking y rewards →
Airdrops y forks
Tributan como ganancia patrimonial al valor de mercado del día en que los recibes, aunque su coste de adquisición es 0 €. Cuando los vendas, generarán otra ganancia (o pérdida).
Cold wallets (Ledger, Trezor, Metamask)
No computan para el Modelo 721, ya que las claves privadas las controlas tú. Pero si vendes o cobras desde ellas, sí tributan en IRPF como cualquier otra operación. Cómo extraer la operativa de tus wallets →
Pérdidas por estafas o exchanges quebrados
Las pérdidas por estafa, hackeo o quiebra (FTX, Celsius…) se pueden deducir, pero requieren denuncia, sentencia o documentación oficial. Qué hacer si te han estafado →
Criptomonedas anónimas (Monero, Zcash, mixers)
Sí, también deben declararse. El anonimato no exime de la obligación fiscal. Por qué declarar Monero y similares →
Errores frecuentes que vemos cada campaña
- No declarar porque “no he tocado el banco”. Los swaps entre criptos también tributan.
- Calcular el FIFO solo dentro de un exchange. El FIFO se aplica de forma global a todas tus operaciones.
- No declarar el staking hasta venderlo. Tributa al recibirse, no al venderse.
- Olvidar las comisiones. Forman parte del cálculo y reducen la ganancia (te benefician).
- No declarar pérdidas porque “no hace falta”. Si no las declaras, pierdes el derecho a compensarlas en los 4 años siguientes.
Sanciones por no declarar
Las sanciones son significativamente superiores a los impuestos que se hubieran pagado:
- No declarar ganancias en IRPF: del 50 % al 150 % de la cuota no ingresada
- No presentar el Modelo 721: 300 € por dato omitido (con mínimo)
- Declarar fuera de plazo voluntariamente: recargos del 1 % al 15 % (sin sanción)
- Defraudar más de 120.000 €: delito fiscal con pena de prisión
Guía completa de sanciones por no declarar cripto →
La buena noticia. Si regularizas voluntariamente antes de que Hacienda te requiera, te ahorras la sanción y solo pagas un recargo. La diferencia entre actuar antes o después puede ser de miles de euros.
Plazos clave para la campaña Renta 2025
| Trámite | Plazo |
|---|---|
| Modelo 721 (ejercicio 2025) | 1 enero – 31 marzo 2026 |
| Inicio campaña Renta 2025 | 8 abril 2026 |
| Fin campaña Renta 2025 | 30 junio 2026 |
¿Necesitas ayuda con tu declaración cripto?
En Cryptoimpuestos descargamos tu historial de cada exchange y wallet, aplicamos el FIFO global, calculamos tus ganancias y pérdidas, presentamos el Modelo 721 si te corresponde y dejamos tu Renta lista para enviar.
Víctor Lázaro
Asesor fiscal, Cryptoimpuestos.es