Para que podamos presentar el Modelo 721 o la Renta en tu nombre, necesitas autorizarnos como representantes ante la Agencia Tributaria. Es un trámite online que se hace en 5 minutos.
¿Qué es el apoderamiento?
El apoderamiento es una autorización oficial que le das a un tercero (tu gestor) para que pueda realizar trámites fiscales en tu nombre ante la AEAT.
Ventajas:
- No necesitas compartir tus claves de acceso
- Es seguro y oficial
- Puedes revocarlo en cualquier momento
- Tiene una duración máxima de 5 años
Antes de empezar necesitas
- Cl@ve o Certificado digital / DNI electrónico
- El NIF de tu gestor (te lo proporcionaremos)
- 5 minutos
¿No tienes Cl@ve? Puedes solicitarla en clave.gob.es o presencialmente en una oficina de la Seguridad Social o Hacienda.
Códigos de trámite disponibles
| Código | ¿Para qué sirve? |
|---|---|
| GENERALLEY58 | Presentar declaraciones (721, Renta, etc.), interponer recursos, solicitar devoluciones y todos los trámites tributarios |
| GENERALDATPE | Consulta de datos personales |
| GENERALNOT | Recibir notificaciones electrónicas de Hacienda |
¿Qué debes marcar?
- GENERALLEY58 → Obligatorio para que podamos presentar el Modelo 721 y/o la Renta en tu nombre
- GENERALNOT → Opcional, pero recomendado si quieres que también recibamos las notificaciones de Hacienda por ti
Paso 1: Accede a la web de la AEAT
-
Ve a la página de apoderamientos de la Agencia Tributaria:
https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/ZP01.shtml
-
Haz clic en “Alta de poder mediante identificación electrónica”
Paso 2: Identifícate
Elige tu método de identificación:
| Método | Cómo funciona |
|---|---|
| Cl@ve PIN | Introduce tu NIF y fecha de validez del DNI/NIE. Recibirás un código en tu móvil |
| Cl@ve Permanente | Introduce tu NIF y la contraseña que configuraste |
| Certificado digital | Selecciona tu certificado instalado en el navegador |
| DNI electrónico | Necesitas un lector de DNI conectado |
Paso 3: Selecciona el tipo de poder
Marca la opción:
“Alta de poder general para trámites tributarios”
Paso 4: Completa el formulario
Rellena los siguientes campos:
| Campo | Qué poner |
|---|---|
| NIF del Apoderado | El NIF/CIF que te proporcionemos (tu gestor) |
| Fecha fin de autorización | Déjalo en blanco (por defecto son 5 años) o pon una fecha si prefieres |
| Trámites a autorizar | Ver abajo |
Trámites a marcar:
Obligatorio:
- GENERALLEY58 → Permite presentar declaraciones (721, Renta, etc.)
Recomendado:
- GENERALNOT → Permite recibir notificaciones de Hacienda en tu nombre
Opcional:
- GENERALDATPE → Solo si quieres que consultemos tus datos personales
Paso 5: Firma y envía
- Marca la casilla de conformidad / protección de datos
- Haz clic en “Firmar y Enviar”
- Guarda el justificante que aparece en pantalla
Paso 6: Confirmación
Una vez enviado, el apoderamiento queda registrado automáticamente. Tu gestor podrá ver que le has autorizado y empezar a tramitar tu declaración.
No necesitas hacer nada más. Nosotros nos encargamos del resto.
Cómo revocar el apoderamiento
Si en algún momento quieres cancelar la autorización:
- Accede a la misma página: sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/ZP01.shtml
- Haz clic en “Consulta, revocación o prórroga de apoderamientos otorgados”
- Identifícate
- Selecciona el apoderamiento que quieres revocar
- Haz clic en “Revocar”
Problemas comunes
No tengo Cl@ve ni certificado digital
Puedes obtener Cl@ve de varias formas:
- Online: Si tienes certificado digital, en clave.gob.es
- Por videollamada: Desde la web de Cl@ve
- Presencial: En oficinas de la Seguridad Social, Hacienda o Ayuntamientos
Me da error al identificarme
- Verifica que la fecha de validez del DNI es correcta
- Si usas certificado, comprueba que no está caducado
- Prueba con otro navegador (Chrome o Edge suelen funcionar mejor)
No encuentro el código del trámite
Los trámites aparecen directamente como casillas para marcar:
- GENERALLEY58 → Es el principal, marca este
- GENERALNOT → Para notificaciones, recomendado
- GENERALDATPE → Para consulta de datos, opcional
¿Cuánto tarda en activarse?
El apoderamiento es inmediato. En cuanto lo envíes, tu gestor podrá actuar en tu nombre.
Preguntas frecuentes
¿Es seguro dar apoderamiento?
Sí. El apoderamiento solo permite realizar trámites fiscales en tu nombre, no accede a tu cuenta bancaria ni a otros datos. Además, puedes revocarlo en cualquier momento.
¿Puedo autorizar solo para un modelo específico (721 o Renta)?
No directamente. El código GENERALLEY58 cubre todos los trámites tributarios, incluyendo tanto el Modelo 721 como la Renta. No hay códigos separados para cada modelo. La ventaja es que solo tienes que hacer el apoderamiento una vez y ya nos sirve para todo.
¿Cuánto dura el apoderamiento?
Por defecto, 5 años (el máximo). Puedes poner una fecha de fin anterior si lo prefieres.
¿Tengo que renovarlo cada año?
No, mientras esté vigente (hasta 5 años) no necesitas hacer nada más.
¿Puedo dar apoderamiento a más de un gestor?
Sí, puedes tener varios apoderados activos para diferentes trámites.
¿Mi gestor puede ver mis datos fiscales?
Solo los necesarios para el trámite autorizado. No tiene acceso a información que no sea relevante para la declaración.
Resumen
| Paso | Acción |
|---|---|
| 1 | Accede a sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/ZP01.shtml |
| 2 | Haz clic en “Alta de poder mediante identificación electrónica” |
| 3 | Identifícate con Cl@ve o certificado |
| 4 | Introduce el NIF del gestor que te proporcionemos |
| 5 | Marca GENERALLEY58 (obligatorio) y GENERALNOT (recomendado) |
| 6 | Marca la casilla de conformidad y haz clic en “Firmar y Enviar” |
Datos para el apoderamiento de Cryptoimpuestos
| Campo | Valor |
|---|---|
| NIF del Apoderado | Te lo proporcionaremos por WhatsApp |
| Trámite obligatorio | GENERALLEY58 (marca esta casilla) |
| Trámite recomendado | GENERALNOT (para recibir notificaciones) |
¿Necesitas ayuda con el apoderamiento?
Si tienes dudas durante el proceso, escríbenos por WhatsApp y te guiamos paso a paso.
Víctor Lázaro
Asesor fiscal, Cryptoimpuestos.es
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